El Papa Francisco eliminó la reserva exclusiva a los hombres para el ejercicio de los oficios del Lector y del Acólito -monaguillo-, mediante una carta apostólica en forma de Motu Proprio (léase ley) Spiritus Domini del 10 de enero “sobre la modificación del canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico acerca del acceso de las mujeres al ministerio instituido del lectorado y acolitado.

Carta apostólica “Spiritus Domini” en forma de “Motu Proprio “sobre la modificación del canon 230 § 1 del Código de Derecho Canónico acerca del acceso de las mujeres al ministerio instituido del lectorado y acolitado, 11.01.2021 (Oficina de prensa de la Santa Sede)

Sin embargo, un día después del decreto papal, en una carta Francisco aclara que el sacerdocio está reservado exclusivamente a los varones, incluso cita que Juan Pablo II, en su Carta Apostólica Ordinatio sacerdotalis, enseñó que la Iglesia “no tiene en absoluto la facultad de conferir la ordenación sacerdotal a las mujeres”.

“Carta del Santo Padre Francisco al Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe acerca del acceso de las mujeres a los ministerios del lectorado y acolitado”

¿De que se trata la reforma?

A través del Motu Proprio Francisco modificó el primer párrafo del canon 230 del Código de Derecho Canónico, que se había quedado atrás porque especificaba que solo podía haber lectores y ayudantes en el altar de “sexo masculino”, porque por tradición esas tareas eran parte de la preparación para el sacerdocio. Y estableció que las mujeres pueden acceder a estos ministerios mediante un acto litúrgico que las institucionaliza.

Francisco explicó que aceptó las recomendaciones que surgieron de varias asambleas sinodales y destacó que estos ministerios laicos son “esencialmente distintos del ministerio ordenado recibido en el sacramento del orden”, diferenciando así este rol del de un sacerdote, vedado para las mujeres en la Iglesia católica.

Hasta el día de ayer, el c 230 § 1 establecía que “Los varones laicos que tengan la edad y condiciones determinadas por decreto de la Conferencia Episcopal, pueden ser llamados para el ministerio estable de lector y acólito, mediante el rito litúrgico prescrito; sin embargo, la colación de esos ministerios no les da derecho a ser sustentados o remunerados por la Iglesia”.

De ahora en adelante el canon 230 § 1 quedó de la siguiente manera:

Los laicos que tengan la edad y los dones determinados por decreto de la Conferencia Episcopal podrán ser asumidos establemente, mediante el rito litúrgico establecido, en los ministerios de lectores y acólitos; sin embargo, tal atribución no les da derecho al sustento ni a la remuneración por parte de la Iglesia”.

Es decir, se elimina la referencia a “los varones laicos” abriendo el lectorado y acolitado a todos los bautizados, incluidas las mujeres.

En cualquier caso, recuerda Francisco se trata de una práctica ya consolidada en la Iglesia latina en virtud de lo establecido en el canon 230 § 2: “Por encargo temporal, los laicos pueden desempeñar la función de lector en las ceremonias litúrgicas; así mismo, todos los laicos pueden desempeñar las funciones de comentador, cantor y otras, a tenor de la norma del derecho”.

Dice el Papa que “corresponderá a las Conferencias Episcopales establecer criterios adecuados para el discernimiento y la preparación de los candidatos a los ministerios del Lectorado o del Acolitado, o a otros ministerios que consideren instituir, según lo dispuesto en el Motu Proprio Ministeria Quaedam, con la aprobación previa de la Santa Sede y de acuerdo con las necesidades de la evangelización en su territorio”.

Desde el Vaticano, 10 de enero de 2021, Fiesta del Bautismo del Señor.

Este asunto generó mucho ruido pero está muy claro…

“Lo deliberado por esta Carta Apostólica en forma de Motu Proprio, ordeno que tenga vigencia firme y estable, no obstante cualquier cosa contraria, aunque sea digna de mención especial, y que se promulgue mediante su publicación en L’Osservatore Romano, entrando en vigor el mismo día, y luego se publique en el comentario oficial de las Acta Apostolicae Sedis., escribió Francisco.

El documento esta fechado el día de 10 de enero de 2021 “fiesta del Bautismo del Señor, octavo de mi pontificado. Francisco (firmado).